Forma juridica de la empresa

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Nuestra empresa en las que la mayoría del capital pertenece a los socios trabajadores que presten en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, siendo propietarios al menos del 51% del capital social.
El capital mínimo es  de 3.006 Euros (en la Sociedad Limitada Laboral).
Ningún socio podrá poseer acciones que representen más de la tercera parte del capital social, salvo las entidades públicas, las personas jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente el estado, las comunidades autónomas o entidades locales, que podrán participar en el capital hasta el 50%.
El número mínimo de socios es 3, habiendo dos tipos: trabajadores y capitalistas.
El número de horas trabajadas por trabajadores que no sean socios, no podrá superar el 15% del total horas/año trabajadas por los trabajadores que si sean socios, salvo que la sociedad tenga menos de 25 socios en cuyo caso el porcentaje será el 25%.
La responsabilidad frente a terceros está limitada a las aportaciones de los socios.
Deben dotar un fondo de reserva con el 10% de los beneficios líquidos de cada año, que sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas, en el caso de que no haya otras reservas disponibles para tal fin.
En la denominación deberán aparecer las siglas  "S.L.L" (Sociedad Limitada Laboral).
Las sociedades laborales gozan con carácter general de una bonificación del 99% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y exención en este Impuesto sobre las cuotas devengadas por operaciones societarias de constitución y aumento del capita

Ventajas de la  Sociedad Limitada Laboral

Esta exento en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la constitución y posteriores ampliaciones de capital.
 El estar encuadrado dentro del Régimen General de la Seguridad Social excepto en el caso de Administradores retribuidos o vinculados a la sociedad mediante contrato de Alta Dirección

Trámites Obligatorios para constituir una Sociedad Limitada 
1 Solicitud del Certificado de Denominación Social
2 Apertura de Cuenta Bancaria
3 Redacción de Estatutos y firma de Escritura de Constitución
4 Pago Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
5 Inscripción en el Registro Mercantil
6 Solicitud CIF, Declaración Censal e Impuesto de Actividades Económicas
7 Alta en el Régimen de Autónomos y/o General de socios y trabajadores
8 Solicitud del Libro de Visitas



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