Nuestra empresa en las que la mayoría del capital
pertenece a los socios trabajadores que presten en ella
servicios retribuidos en forma personal y directa, siendo
propietarios al menos del 51% del capital social.
El capital mínimo es de 3.006
Euros (en la Sociedad Limitada Laboral).
Ningún socio podrá poseer acciones que representen
más de la tercera parte del capital social, salvo las
entidades públicas, las personas jurídicas en cuyo
capital participe mayoritariamente el estado, las comunidades
autónomas o entidades locales, que podrán participar en
el capital hasta el 50%.
El número mínimo de socios es 3, habiendo dos
tipos: trabajadores y capitalistas.
El número de horas trabajadas por trabajadores que no sean
socios, no podrá superar el 15% del total horas/año
trabajadas por los trabajadores que si sean socios, salvo que la
sociedad tenga menos de 25 socios en cuyo caso el porcentaje
será el 25%.
La responsabilidad frente a terceros está limitada a
las aportaciones de los socios.
Deben dotar un fondo de reserva con el 10% de los beneficios
líquidos de cada año, que sólo podrá destinarse
a la compensación de pérdidas, en el caso de que no haya
otras reservas disponibles para tal fin.
En la denominación deberán aparecer las siglas "S.L.L" (Sociedad Limitada Laboral).
Las sociedades laborales gozan con carácter general de una
bonificación del 99% en el Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y exención
en este Impuesto sobre las cuotas devengadas por operaciones
societarias de constitución y aumento del capitaVentajas de la Sociedad Limitada Laboral
Esta exento en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la constitución y posteriores ampliaciones de capital.
El estar encuadrado dentro del Régimen General de la Seguridad Social excepto en el caso de Administradores retribuidos o vinculados a la sociedad mediante contrato de Alta Dirección
| Trámites Obligatorios para constituir una Sociedad Limitada |
|---|
| 1 | Solicitud del Certificado de Denominación Social | |
| 2 | Apertura de Cuenta Bancaria | |
| 3 | Redacción de Estatutos y firma de Escritura de Constitución | |
| 4 | Pago Impuesto de Transmisiones Patrimoniales | |
| 5 | Inscripción en el Registro Mercantil | |
| 6 | Solicitud CIF, Declaración Censal e Impuesto de Actividades Económicas | |
| 7 | Alta en el Régimen de Autónomos y/o General de socios y trabajadores | |
| 8 | Solicitud del Libro de Visitas | |
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